El procedimiento a seguir para la reacreditación o acreditación subsecuente es el mismo que se cumplió para la acreditación.
La visita deberá llevarse a cabo durante el período de actividades regulares del Programa por evaluar.
Como en el caso de las evaluaciones con fines de acreditación, el programa deberá tener cubiertos los requisitos administrativos señalados en el procedimiento (contrato firmado por ambas partes y pago realizado) previamente a la fecha de la visita de la Comisión Evaluadora de CONCAPREN a la institución.